La jornada de 4 días está en boca de muchos desde que el Gobierno de España lo planteó en el año 2023. En el caso español, un primer paso se dio en mayo de 2023, cuando una serie de empresas optaron por una convocatoria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo...
Todo lo que debes saber sobre la regulación del teletrabajo
Durante el confinamiento en 2020 a causa de la pandemia de COVID-19 y los rebrotes, muchas empresas han optado por alentar el teletrabajo.
Esta novedad ha provocado que surjan dudas sobre cómo regularlo. Para evitar esta situación, el Gobierno de España prepara este mismo año un anteproyecto de ley que, a falta de concretar algunos puntos, regule esta actividad.
¿Qué deberes y derechos corresponden al trabajador y a la empresa que aplica el teletrabajo? Lo resumimos.
¿Qué es teletrabajo y qué beneficios y limitaciones tiene?
El concepto de teletrabajo engloba el uso de las tecnologías de la información por parte de un trabajador para cumplir con sus obligaciones dentro de una relación laboral.
En otras palabras, el teletrabajador se encarga de sus tareas en la empresa de forma remota gracias a las TIC o sistemas telemáticos.
Para muchos, el teletrabajo es una realidad nueva a la que deben amoldarse: según una encuesta lanzada por Eurofund, el 30,2% de los españoles comenzaron a teletrabajar con la llegada del confinamiento, cuando solo la mitad lo hacía de forma puntual antes.
En este contexto, muchos han podido beneficiarse de esta modalidad de trabajo, experimentando desde una mayor flexibilidad de horarios a un aumento de la productividad y una mejora en la conciliación.
Respecto a las limitaciones, destaca la dificultad para desconectar y poner fin a la jornada de teletrabajo, debido a las características de la tecnología. Según la encuesta de Eurofund antes citada, el 21,2% de los españoles reconocieron haber tenido que trabajar en su tiempo libre para responder a las demandas de su trabajo.
La nueva ley sobre teletrabajo
Para corregir las limitaciones que han podido surgir en un cambio tan acelerado hacia el teletrabajo, aparece el anteproyecto de ley para la regulación del trabajo a distancia a principios de julio de 2020.
Algunos de los aspectos más importantes que esta ley trata de cubrir incluyen:
La empresa se hará cargo de todos los costes en los que el trabajador deba incurrir para cumplir con el teletrabajo (por ejemplo, el acceso a internet o a equipos informáticos adecuados).
La organización de los tiempos de trabajo será flexible y respetará el descanso del trabajador. Se podrán establecer de mutuo acuerdo tiempos en los que el empleado debe estar disponible de forma obligatoria.
Es necesario que trabajador y empresa firmen un documento que contenga todas las especificaciones del teletrabajo antes del inicio del mismo. En este contrato se detallarán, entre otros, algunos puntos como el inventario del equipo necesario y cómo se costeará, los horarios de trabajo y la posible combinación entre trabajo presencial y teletrabajo.
Aparece especialmente destacado el derecho a la intimidad de los trabajadores y la protección de sus datos: así, la empresa podrá ejercer cierto control del trabajo telemático, pero no atentar contra estos derechos instalando aplicaciones que los vulnerarían.
Se realizará un registro de las horas trabajadas del mismo modo que se practica en el trabajo presencial.
El salario no quedará condicionado al lugar de trabajo elegido.
El teletrabajo será voluntario y no puede ser impuesto por la empresa.
Los contratos de prácticas o de formación no podrán realizarse por medio del teletrabajo.
Frente a esta propuesta, se ha abierto un periodo de negociación con sindicatos y patronal. Los principales puntos en discusión han sido la voluntariedad del teletrabajo y el permiso para que los trabajadores puedan acceder a esta modalidad en condiciones de equidad (apuntando a colectivos como las personas con un familiar a su cargo o las mujeres en periodo de lactancia).
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