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¿Qué cambios ha habido desde las cuotas de autónomos 2014?

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¿Qué cambios ha habido desde las cuotas de autónomos 2014?

Si eres autónomo esta información te interesa. En este artículo, haremos un repaso de los cambios que ha habido en 2015 con respecto a las cuotas de autónomos 2014.  Sí, es posible que a estas alturas de año algún autónomo no se haya dado cuenta, pero los cambios están ahí y afectan directamente a sus bolsillos.


En las cuotas autónomos 2014 ya se habían introducido algunos cambios integrados en las reformas del gobierno. En este ejercicio 2015 ha habido más.


La base mínima de cotización en 2015 se incrementa en un 1% respecto al ejercicio 2014. Así, la base mínima se fija en los 884,40€ y la máxima llega a los 3.606,00€. En este caso, la subida es tan sólo del 0,25%. Sobre estas bases se aplica un porcentaje del 29,8% para aquellos trabajadores que decidan cubrir las prestaciones por incapacidad temporal, es decir, que estén bajo la modalidad IT. Es importante recordar que esta modalidad es obligatoria para todos los autónomos.


Algunos casos especiales:

  • Autónomos en situación de pluriactividad que coticen por la misma prestación en otro Régimen. Para estos casos, el tipo a aplicar sobre la base será inferior, situándose en el 26,50%. Ejemplo: si la base de cotización es de 884,40€ este autónomo asumirá un tipo de 26,60% (26,50%+ 0,10% para el riesgo durante el embarazo y lactancia) con lo que al final su cuota mensual ascenderá a los 232,94€. 


  • Los autónomos que no opten por la cobertura por accidente de trabajo (AT) y por enfermedades profesionales (EP) asumirán una cotización adicional del 0,1%. Dicha subida se destinará a la financiación de prestaciones por riesgo durante el embarazo y la lactancia. Ejemplo: un autónomo IT tendría un tipo de 29,90€ con lo que su cuota mensual ascenderá a 264,44€.

 

  • Contingencias profesionales o por cese de actividad. En estos casos se añadirá un suplemento del 2,20% para cotizar por el conocido como «para de los autónomos». En este caso, el 2,20% e añade sobre un tipo de 29,30%, una rebaja para incentivar este tipo de cotización. Con todo, existe toda una serie de requisitos que el autónomo debe cumplir para acceder a dicha prestación. Los detallaremos en próximos artículos. Con estas cifras, el cálculo sería el siguiente: 884,40€ de base –si elegimos la base mínima- y aplicamos un tipo del 31,50%. Así, la cuota mensual ascenderá a 278,59€.


Con todo, existen importantes bonificaciones, por ejemplo la conocida como tarifa plana de autónomos, introducida en 2013 y que reduce el pago de la cuota a unos 50€ durante los seis primeros meses, ascendiendo de forma progresiva durante los meses siguientes. Obviamente, a esta bonificación también se le ha aplicado la subida ya que se realiza sobre la nueva base. Como novedad, también los mayores de 30 años podrán acogerse a esta bonificación si se dan de alta como autónomos.


Si bien la subida de la base de cotización del 1% del año 2015 es inferior al año anterior -la cuota de autónomos 2014 era un 2% mayor que en 2013- hay que resaltar que la base mínima de cotización no ha hecho otra cosa más que subir en los últimos años.

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