En los últimos meses, la creciente competencia entre las diferentes entidades bancarias existentes ha provocado el surgimiento de nuevas estrategias comerciales, como las comisiones cero o las cuentas remuneradas. Se trata de un tipo particular de cuentas corrientes porque la remuneración o ganancia para el cliente que ofrece la entidad suele ir en función del saldo que este mantenga en su cuenta. Esto quiere decir que el interés que se aplica es variable según unos tramos económicos que han sido establecidos previamente por el propio banco. La remuneración que ofrecen suelen ser media, por lo que en muchas ocasiones reciben el nombre de ‘supercuentas’. Las cuentas bonificadas o remuneradas ofrecen unas atractivas rentabilidades, sobre todo en compras y pago de recibos. Sin embargo, el hecho de poder acceder a una cuenta remunerada implica cumplir una serie de requisitos específicos. Los clientes que comiencen a operar con ella tendrán la ventaja de disponer de inmediato de todos los fondos, incluso con la posibilidad de domiciliación y pago mediante talonarios de cheques.  

Características de una cuenta remunerada

  Cuando se inicia la solicitud de este producto bancario, resulta necesario conocer cuáles son sus ventajas y particularidades concretas. Son las siguientes:  
    • El tipo de interés que se aplica en las cuentas remuneradas es variable y aparece referenciado en el Euribor.
    • La liquidación de los intereses al usuario se produce, por regla general, cada mes.
    • Las remuneraciones comienzan a recibirse a partir de saldos medios.
    • Pueden existir diversos tramos económicos relacionados con diferentes remuneraciones. Dependiendo de la cifra de la que se disponga, se obtendrán unos réditos u otros.
    • También existe retención por rendimiento del capital mobiliario.
    • En cuanto a la solvencia económica, es responsabilidad del propio banco que pone las cuentas remuneradas a disposición de sus clientes.
    • Por último, una cuenta corriente en divisa será  remunerada según el tipo de referencia concreto de esa moneda.
 

Fiscalidad y permanencia de una cuenta remunerada

  Como siempre que se obtienen ganancias, Hacienda retendrá un determinado porcentaje de lo ganado con la cuenta remunerada. Todos los beneficios tributan como rendimiento de capital humano y por ello, hay que tener en cuenta que el tipo impositivo será del 19% hasta 5.999 euros, del 21% entre 6.000 y 49.999 euros, y del 23% cuando las ganancias sean superiores a 50.000 euros. En cuanto a la permanencia, los bancos no tienen esta condición como requisito, por lo que no suelen atar durante un periodo de tiempo a los clientes que quieran ser titulares de una cuenta remunerada. Actualmente, únicamente dos entidades bancarias que operan en España exigen una permanencia de dos años, teniendo en cuenta que ofrecen un rendimiento en sus cuentas del 5% durante el primer año y de un 2% durante el segundo.  

Otras consideraciones que deberás tener en cuenta

 
    • Muchos bancos obligan a domiciliar la nómina o la pensión de sus clientes para obtener una cuenta remunerada. Si no se acuerda este detalle, en ocasiones también se puede exigir el ingreso mensual en la cuenta de un fijo mínimo mensual de 600 euros.
    • El rendimiento económico que se puede conseguir con una cuenta remunerada no es ilimitado, tiene un tope, según cada entidad bancaria.
    • Por regla general, los bancos no cobran comisiones por el mantenimiento y administración de las cuentas bonificadas. Suele existir una tendencia a la comisión cero.
    • Por el contrario, suele exigirse la domiciliación de al menos tres recibos al mes para lograr esas comisiones cero y poder disfrutar de todas las ventajas de las cuentas remuneradas.