Ley que regula este visado de trabajo en remoto
La conocida como Ley Startups es la que ha dado paso a la visa para nómadas digitales en España. Más específicamente, se trata de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.¿Qué es la visa para nómadas digitales en España?
La idea detrás de la visa para nómadas digitales en España es permitir que personas que trabajan de forma remota con trabajos eminentemente digitales puedan residir temporalmente en España mientras mantienen sus empleos en línea o realizan trabajos de forma freelance. En el caso de la ley de nómadas digitales, prevé dos escenarios: el visado (con un permiso de un año para solicitantes fuera de España), y la autorización de residencia (de tres años para solicitantes que ya se encuentran legalmente en España).Requisitos para la residencia para nómadas digitales
- Ser extranjero de un país fuera de la UE.
- Ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
- Se distingue entre actividad profesional y laboral, de modo que, en el supuesto de ejercicio de una actividad profesional, se permite al titular trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20% del total de su actividad profesional.
- Contar con acreditación como graduado o postgrado de universidades, formación profesional o escuelas de negocio; o contar con una experiencia profesional mínima de 3 años.
- Existencia de actividad real y continuada por parte de la empresa con la que contrate el solicitante por al menos un año.
- Contar con documentación que acredite que la relación laboral o profesional se puede realizar en remoto.
- Acreditar una relación laboral o profesional entre solicitante y trabajador existe desde al menos tres meses.
- No contar con antecedentes penales.
- Contar con medios económicos suficientes. Se estima que se debe contar con al menos el 200% del Salario Mínimo Interprofesional en España.
- Contar con seguro médico privado o cobertura sanitaria.